Con el objetivo de respetar y fortalecer la familia y los
procesos de parentalidad, e inclusión, el presente Protocolo contempla tanto
a estudiantes mujeres embarazadas o con hijos menores, como a estudiantes
hombres que vayan a ser/hayan sido recientemente padres, se establece el
siguiente protocolo:
a) Orientar sobre el tema, con la
finalidad de informar y prevenir a través de charlas y plenarios de orientación,
de acuerdo a nuestro programa de formación.
b) Entregar materiales de estudio,
supervisar y entregar calendario alternativo cuando sea necesario por
situaciones derivadas del embarazo, parto y post parto y control del bebé.
c) Acreditado a través de
certificado médico, se reprogramarán las evaluaciones, en aquellos casos que
corresponda.
d) Se dará flexibilidad en las
evaluaciones garantizando el logro de los aprendizajes y objetivos mínimos
establecidos en el Programa de Estudio.
e) Otorgará todas las facilidades
académicas que se encuentren en la legislación vigente y en las normativas
internas de nuestro establecimiento.
f)
Se dará la orientación necesaria
para que accedan a los beneficios que otorga la legislación vigente y de modo
especial la que entrega el Ministerio de Educación y sus Organismos.
g) Promover e informar en nuestros
estudiantes, por parte del departamento de Psicología, tanto mujeres como
hombres, la importancia y relevancia del rol de madre/padre desde el inicio
de la etapa de embarazo.
DERECHOS Y DEBERES DE LA ALUMNA/EMBARAZADA/MADRE
Y EL PADRE.
a)
La estudiante embarazada/el estudiante en vías a ser
padre/madre tendrá los mismos derechos y obligaciones, no pudiendo ser
discriminado, con la excepción, en la flexibilidad y atención especial que se
le brindará por parte del establecimiento en materias vinculadas al embarazo
y parto y post parto. Ello implica que participará de las mismas instancias
asociadas al establecimiento (clases, trabajos, salidas a terreno, paseos,
etc.), excepto si hubiese alguna contraindicación médica debidamente
certificada.
b) Recibir educación es un derecho universal de todo niño y
joven. Por tanto, el establecimiento y la familia velarán por su
cumplimiento, adaptando los procesos de aprendizaje, evaluación y promoción
en los casos según corresponda acorde a la normativa vigente.
c) El Establecimiento entregará facilidades para la
asistencia de la estudiante a todo tipo de control prenatal, posnatal o del
recién nacido, como también durante el período de lactancia.
d) En el caso del estudiante varón, se otorgará flexibilidad
para que cumpla debidamente con su rol de padre, incentivando su asistencia a
los controles.
e)
Las estudiantes deberán participar de la asignatura de
Educación Física, realizando trabajos de investigación.
f) Ningún estudiante del colegio será discriminado por
condición de salud, cultural, socioeconómica u otros. En caso que un(a)
estudiante se sienta discriminado(a) por su maternidad o paternidad por
cualquier miembro de la comunidad escolar, deberá informar la situación al
Coordinador de Convivencia o cualquier otro directivo.
g) La estudiante tiene derecho a asistir a asistir al baño
cuantas veces lo requiera durante el embarazo, sin tener que reprimirse por
ello.
h) La estudiante tiene derecho a adaptar su uniforme escolar
a su condición de embarazo.
i) La estudiante podrá hacer uso de su hora de amamantamiento,
cuando ella lo requiera, previa autorización de Convivencia Escolar quien
informará al consejo de profesores los horarios de salida o de entrada en
cada uno de los casos requeridos.
j)
Durante el período de lactancia, la estudiante podrá
concurrir a Sala de Primera Atención, ya sea a amamantar o extraerse leche o
podrá ir a su hogar para cumplir con su rol de madre.
k)
La o el estudiante podrá ausentarse del establecimiento
cuando su hijo presente alguna enfermedad, debidamente acreditada a través
certificado médico emitido por un pediatra u otro especialista. En aquellos
casos que se trate de un accidente, no se requerirá la justificación médica
previa.
l)
De acuerdo a las particularidades de cada caso, se podrá
decretar la medida de cierre anticipado del año escolar.
DEBERES
a)
Para efectuar cualquier modificación en torno al proceso
de aprendizaje-enseñanza de la o el estudiante, debe contarse con evaluaciones
e informes certificados de especialistas solicitando dichas medidas, o bien
deben llevarse a cabo de mutuo acuerdo entre la familia y el establecimiento.
b)
En caso que la o el estudiante presentase cualquier
dificultad de salud física o mental – asociada o no con el embarazo – esta
debe ser notificada al establecimiento, indicando mediante certificados e
informes médicos las implicancias de ésta y las medidas a tomar en caso de
emergencia por parte del personal escolar.
c)
Si bien el estudiante contará con especial cuidado y
atención por parte del personal educacional, deberá igualmente respetar el
Reglamento de Convivencia Escolar. En caso de incumplimiento del mismo, será
sancionado según el protocolo establecido para estudiantes regulares – previo
análisis del caso, considerando los antecedentes del mismo, y evaluando junto
con el estudiante afectado si la condición de embarazo o paternidad está
relacionada o no con el incumplimiento de la falta en cuestión.
Protocolo:
1)
Estudiante/Familiar/Profesor/Otro toma conocimiento de
embarazo. Informa situación a Coordinador de Convivencia Escolar a la
brevedad, de manera confidencial y discreta.
2) Coordinador de Convivencia Escolar se entrevista de manera
privada con el/la estudiante para indagar brevemente en su situación
familiar, emocional y de salud, detectando potenciales necesidades y
ofreciendo apoyo por parte del establecimiento ante su situación. Procurará
contener y acoger al estudiante, manteniendo una actitud de escucha activa y
carente de juicio.
Derivará al estudiante a entrevista con
Psicóloga, explicitando que el objetivo consiste en abordar posibles dificultades y mantener un
acompañamiento cercano y fluido durante la etapa en curso, cuidando no
patologizar la situación.
Psicóloga se entrevistará
con la/el estudiante, indagando posibles dificultades en diversas áreas. En
caso de requerirlo, se realizará derivación a evaluación/tratamiento externo.
Se mantendrá apoyo y seguimiento durante el proceso de embarazo y pre y post
natal, en aquellos casos que sea necesario. Con el fin de mantenerse alerta y
disponible a posibles necesidades del/la joven y coordinar trabajo
colaborativo de acompañamiento al estudiante.
Psicóloga informará de ello al profesor jefe y equipo directivo para efectos de que se
adopten las medidas necesarias.
3) Coordinador de Convivencia Escolar y Psicóloga se
entrevistarán en dupla con la familia del estudiante. El objetivo es ofrecer
el apoyo necesario – según la situación detectada en las entrevistas
anteriores, indagar en posibles dificultades en torno al embarazo que puedan
requerir medidas por parte del establecimiento, e informar respecto de los
derechos y deberes del estudiante, la familia y el establecimiento acorde a
Protocolo.
En caso que la familia no esté al tanto del embarazo,
se acordará una fecha probable para llevar a cabo la entrevista y se brindará
apoyo y preparación al estudiante.
4) Profesor Jefe tomará contacto con la familia de la/el
estudiante. Se procurará máxima discreción. Ofrecerá explícitamente al/la
estudiante y su familia el apoyo necesario, indicando medios de contacto y
solicitud de entrevistas en caso de requerirlo.
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